Abogado de deudas en Chile · 24 años de trayectoria
Antes de pagar de más, defiéndete.
Si te demandaron, estás en DICOM, tienes riesgo de embargo o tus deudas ya superaron tu capacidad de pago: revisamos tu caso sin costo y te explicamos exactamente qué defensas legales existen en Chile.
¿Te notificaron una demanda?Según el artículo 459 del CPC, los plazos para oponer excepciones son de 4 a 8 días hábiles. Mientras antes revisemos la causa, más alternativas reales tienes.
+24 años de trayectoriaAbogados especialistasAtención en todo ChilePrimera reunión sin costo
En deudas no basta con "negociar". Hay que revisar documentos, juicios, plazos, notificaciones, riesgos de embargo y capacidad real de pago.
Lo que hacemos antes de proponerte una estrategia
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Revisión del riesgo judicial
Verificamos si existe demanda, estado del juicio, tipo de cobro y urgencia.
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Diagnóstico legal y financiero
No todos necesitan lo mismo: defensa, negociación, prescripción, renegociación o liquidación.
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Explicación clara de costos y riesgos
Antes de contratar, debes entender qué se puede lograr y qué no.
"La peor decisión es pagar o firmar un acuerdo sin saber si la deuda, el juicio o el embargo pueden defenderse."
Segal Deudores
"Nuestro objetivo es orientar y defender judicialmente a los deudores, quienes en su mayoría se encuentran completamente desprotegidos frente a instituciones financieras y bancos."
Cuéntanos tu problema. Nosotros te decimos la estrategia.
En la primera reunión gratuita escuchamos tu situación y te explicamos exactamente qué se puede hacer — sin rodeos y sin compromisos.
⭐ Más solicitado
Si te demandaron por una deuda
Revisamos la notificación, el título ejecutivo y las opciones de defensa. Los plazos del juicio ejecutivo son breves — actuar a tiempo cambia el resultado.
Analizamos si corresponde renegociación concursal o liquidación voluntaria bajo la Ley 20.720, que permite suspender cobranzas y llegar a acuerdos con todos los acreedores.
Revisamos el origen de la publicación y la vía más rápida para regularizar. Las deudas de salud (desde 2022) y educacionales (desde 2020) no pueden publicarse en DICOM.
Revisamos tu crédito, el estado de cobro y las alternativas disponibles. Las deudas CAE no van a DICOM en su fase educativa, pero sí pueden generar demandas ejecutivas.
Opciones reales, costos, plazos y riesgos — sin rodeos.
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Ejecutamos la defensa
Negociamos, defendemos o activamos la vía concursal.
Guías legales
Todo lo que necesitas saber sobre deudas en Chile.
Respuestas directas a las preguntas más frecuentes, con base en la legislación chilena vigente. Preparadas por abogados especialistas en defensa de deudores.
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Me demandaron por deuda: qué hacer paso a paso
Si recibiste una notificación, tienes entre 4 y 8 días hábiles para oponer excepciones según el artículo 459 del CPC. Cada hora cuenta.
"Sus profesionales serios y con calidad humana dieron orientación y solución a mis problemas económicos en un momento muy difícil de mi vida. Hoy, gracias a ellos, estoy tranquilo."
Cliente verificadoProceso de insolvencia · Resultado exitoso
★★★★★
"Las deudas nos dejaron por el suelo, pero encontramos la ayuda necesaria. Super claros en la información y siempre respondiendo mis dudas. Por fin soy libre del infierno de las deudas."
Cliente verificadoSantiago · Liberación de deudas de consumo
Crítica respondida
★★★☆☆
"Al principio tuve dudas sobre el proceso de contratación y los cobros. No entendía bien cómo funcionaba."
Segal Deudores responde: Entendemos la inquietud. Hoy explicamos cada paso antes de comenzar, enviamos el contrato por escrito y no cobramos nada hasta que confirmas tu aceptación. La transparencia es parte de nuestro compromiso.
ClienteReclamo resuelto · 2023
Preguntas frecuentes
Lo que tienes que saber antes de actuar
Respuestas directas basadas en la legislación chilena vigente. Actualizado en mayo de 2026.
Si recibiste una notificación de demanda, tienes entre 4 y 8 días hábiles para oponer excepciones según el artículo 459 del Código de Procedimiento Civil. Cada hora cuenta. Lo primero es revisar si la notificación es válida, qué tipo de juicio es (ejecutivo u ordinario), y si el título ejecutivo (pagaré, cheque, liquidación bancaria) tiene vicios formales que permitan defensa. No ignores la demanda — hacerlo deja sin defensas posibles.
La acción ejecutiva prescribe a los 3 años desde que la obligación se hizo exigible (artículo 2515 del Código Civil). La acción ordinaria prescribe a los 5 años. La prescripción se interrumpe si hay demanda judicial o reconocimiento expreso de la deuda. Una carta de cobranza extrajudicial no interrumpe la prescripción.
Solo parcialmente. Según el artículo 445 del CPC, son inembargables: el lecho del deudor, la ropa de uso personal, los útiles de trabajo necesarios para el oficio, el inmueble declarado bien familiar, las pensiones de jubilación, y los sueldos en lo que no excedan el ingreso mínimo mensual. El excedente sobre el sueldo mínimo solo puede embargarse hasta un 50%.
Hay tres vías: (1) Prescripción — si pasaron más de 5 años sin cobro judicial, la deuda puede haberse extinguido; (2) Error del acreedor — si la publicación en DICOM es incorrecta, se puede exigir eliminación; (3) Pago con acuerdo — DICOM (Equifax) debe eliminar el registro dentro de 3 días hábiles tras el pago comprobado. Desde 2022 las deudas de salud y desde 2020 las educacionales no pueden publicarse en DICOM.
No siempre. Antes de firmar un convenio de pago conviene revisar si la deuda tiene vicios formales, si está prescrita, o si hay alternativas legales que reducen más el monto total. Firmar sin revisión previa puede desaprovechar defensas reales — como la prescripción de la acción o nulidades del título ejecutivo.
Puede extinguir los saldos insolutos al finalizar el procedimiento bajo la Ley 20.720, pero no es para todos los casos. Debe analizarse el patrimonio, los ingresos, el tipo de deuda y las consecuencias. Durante el proceso se suspenden las cobranzas y las demandas ejecutivas vigentes.
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