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Pagamos Tu Deuda
Sorteo Segal Deudores

Defensoría del Deudor Servicios Profesionales Ltda. · RUT: 77.634.784-1

🏆 Premio fijo: $5.000.000 📅 Sorteo: 7 de agosto 2025 📋 Inscripciones hasta el 5 de agosto 📸 En vivo · @segaldeudores.cl
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Artículo 1

Organizador

La presente promoción es organizada por Defensoría del Deudor Servicios Profesionales Limitada, RUT: 77.634.784-1, domiciliada en San Antonio 19, Of. 2203, Santiago de Chile, que opera bajo la marca comercial Segal Deudores.

Segal Deudores lleva 24 años ayudando a personas con deudas en mora, publicadas en Dicom o con demandas vigentes, ofreciendo asesoría legal gratuita con abogados especialistas en materia civil y deudas. Esta promoción nace como expresión concreta del compromiso de Segal Deudores con quienes más lo necesitan.

Artículo 2

Descripción y Premio

Segal Deudores sortea el pago de deudas de consumo de un (1) participante ganador, por un valor máximo de $5.000.000 (cinco millones de pesos chilenos).

Deuda del ganador Pago al acreedor Diferencia para el ganador
$3.000.000 $3.000.000 → acreedor $2.000.000 → ganador (libre disposición)
$5.000.000 $5.000.000 → acreedor $0 — deuda cubierta totalmente
$8.000.000 $5.000.000 → acreedor (tope) $0 — se aplica el tope
El pago se realiza directamente al acreedor del ganador. Si la deuda es inferior a $5.000.000, la diferencia hasta completar el premio queda a libre disposición del ganador, en efectivo, transferencia o la forma que prefiera. El monto máximo del premio es de $5.000.000 en total.

Segal Deudores gestionará con la institución acreedora la posibilidad de reducir intereses o aplicar el mayor porcentaje posible a capital, en beneficio del ganador. El premio es personal e intransferible y no tiene valor en dinero canjeable por bienes o servicios distintos.

El ganador tendrá un plazo de 5 días corridos desde la notificación para acreditar su deuda y coordinar el pago. De no hacerlo, el premio caduca sin derecho a compensación.

Artículo 3

Período de Inscripción

  • Inicio de inscripciones: Publicación oficial en segaldeudores.cl
  • Cierre de inscripciones: Martes 5 de agosto de 2025 a las 23:59 hrs.
  • Fecha del sorteo: Jueves 7 de agosto de 2025, en vivo a través de @segaldeudores.cl en Instagram.
  • Notificación al ganador: Dentro de 48 horas hábiles post sorteo.

El organizador se reserva el derecho de extender o modificar las fechas indicadas, comunicándolo con al menos 48 horas de anticipación a través de segaldeudores.cl y sus redes sociales oficiales.

Artículo 4

Requisitos de Participación

Podrá inscribirse toda persona natural que cumpla todos los siguientes requisitos:

  • Persona natural, mayor de 18 años, con residencia en Chile y RUT chileno vigente. No pueden participar personas jurídicas.
  • Tener al menos una deuda de consumo vigente, contraída después del año 2020, cuyo monto con un mismo acreedor sea igual o superior a $1.000.000. Deudas con distintos acreedores no se suman.
  • Que la deuda no tenga una antigüedad superior a 5 años desde su fecha de origen.
  • Que el acreedor corresponda a: banco, casa comercial o multitienda, financiera, o caja de compensación sin descuento por planilla.
  • Completar el formulario de inscripción en segaldeudores.cl/sorteo con información veraz y verificable.
  • Autorizar expresamente a Segal Deudores para ser contactado por llamada, WhatsApp o correo para verificar la información declarada.
  • Completar exitosamente el proceso de verificación con el equipo de Segal Deudores dentro de las 48 horas hábiles siguientes a la inscripción.
La entrega de datos falsos o adulterados inhabilitará automáticamente la inscripción y podrá dar lugar a las acciones legales que correspondan.
Artículo 5

Deudas y Materias Excluidas

Quedan excluidas de la promoción las siguientes deudas y materias:

  • Deudas de Tag (autopistas y peajes)
  • Deudas con Tesorería General de la República
  • Deudas con el Servicio de Impuestos Internos (SII)
  • Demandas de leasing (mobiliario o inmobiliario)
  • Deudas de cementerios
  • Deudas con cooperativas con descuento por planilla
  • Demandas de indemnización de perjuicios
  • Demandas por pensión de alimentos o relación directa y regular
  • Deudas de pensión de alimentos
  • Deudas o demandas derivadas de accidentes de tránsito o choques
  • Deudas con cajas de compensación cuando exista descuento por planilla vigente
  • Deudas estudiantiles con universidades o institutos cuando el deudor necesite continuar activo en dicha casa de estudios
Artículo 5 bis

Deudas y Materias que Sí Califican

A modo referencial, califican para participar los siguientes tipos de deudas (siempre que cumplan el Artículo 4):

  • Deudas con bancos, casas comerciales (multitiendas), financieras y cajas de compensación, siempre que el monto con un mismo acreedor sea igual o superior a $1.000.000.
  • Deudas adquiridas después del año 2020 y que no superen los 5 años de antigüedad.
  • Deudas con cajas de compensación que no tengan descuento por planilla vigente al momento de la inscripción.
  • Deudas con demanda judicial vigente, siempre que figure la expresión "Juicio Ejecutivo — Obligación de Dar".
  • Deudas en mora o próximas a entrar en mora, donde el deudor se encuentre en situación de cesación de pago o con dificultades manifiestas.
Artículo 6

Mecanismo del Sorteo

El ganador será seleccionado mediante sorteo aleatorio en vivo a través del Instagram oficial @segaldeudores.cl, el jueves 7 de agosto de 2025, entre todos los participantes que hayan completado exitosamente el proceso de verificación antes del cierre de inscripciones.

A cada participante verificado se le asignará un número correlativo único, el cual será comunicado por WhatsApp al momento de confirmar su inscripción.

El sorteo quedará registrado en video. Cada participante podrá verificar su número en el registro publicado en segaldeudores.cl al momento del sorteo.
Artículo 7

Notificación y Aceptación del Premio

El ganador será notificado dentro de las 48 horas hábiles siguientes al sorteo, mediante llamada telefónica al número registrado. Si el ganador no responde dentro de 5 días corridos, se procederá a sortear un nuevo ganador.

Para hacer efectivo el premio, el ganador deberá:

  • Acreditar su identidad con cédula de identidad vigente.
  • Presentar documentación que acredite la deuda declarada (liquidación del acreedor, estado de cuenta u otro instrumento equivalente).
  • Firmar el acta de aceptación del premio.
  • Proporcionar los datos del acreedor para la coordinación del pago directo.
Artículo 8

Protección de Datos Personales

Los datos personales serán tratados conforme a la Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada. El organizador los utilizará exclusivamente para la administración del sorteo, verificación de requisitos y contacto comercial relacionado con sus servicios de defensa y asesoría de deudas.

Los participantes podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición escribiendo a contacto@segaldeudores.cl.

Artículo 9

Responsabilidad y Limitaciones

El organizador no será responsable por: (a) fallas técnicas en la plataforma de inscripción; (b) información incorrecta o incompleta proporcionada por los participantes; (c) imposibilidad de contactar al ganador por datos erróneos; (d) negativa del acreedor a recibir el pago. En este último caso, el organizador realizará sus mejores esfuerzos para encontrar una solución alternativa dentro del mismo monto máximo del premio.

Artículo 10

Modificaciones y Cancelación

El organizador se reserva el derecho de modificar, suspender o cancelar el sorteo en cualquier momento por causas justificadas de fuerza mayor, caso fortuito, disposiciones legales o razones de seguridad. Cualquier modificación será informada con al menos 48 horas de anticipación a través de segaldeudores.cl y redes sociales oficiales. La cancelación no generará derecho a compensación.

Artículo 11

Jurisdicción y Ley Aplicable

El presente sorteo se rige por las leyes de la República de Chile. Cualquier controversia será sometida a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de justicia de la ciudad de Santiago, renunciando los participantes a cualquier otro fuero o domicilio.

Versión 1.0 · Julio 2025 · Documento sujeto a notariado previo a publicación oficial

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